lunes, octubre 29, 2007
Ley 27/2007
El pasado miércoles 24 de octubre se publicaba en el BOE la Ley 27/2007 por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Esta Ley afecta al mundo de las TIC en la Administración, ya que los portales web financiados con dinero público van a tener que adaptarse a los estándares de accesibilidad.
El artículo 14.4 dice:
No si son ganas de liarla, pero el artículo 23.4 es practicamente el mismo:
Enlaces:
La Ley en el BOE
Esta Ley afecta al mundo de las TIC en la Administración, ya que los portales web financiados con dinero público van a tener que adaptarse a los estándares de accesibilidad.
El artículo 14.4 dice:
Las páginas y portales de Internet de titularidad pública o financiados con fondos públicos se adaptarán a los estándares establecidos en cada momento por las autoridades competentes para lograr su accesibilidad a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas mediante la puesta a disposición dentro de las mismas de los correspondientes sistemas de acceso a la información en la lengua correspondiente a su ámbito lingüístico.
No si son ganas de liarla, pero el artículo 23.4 es practicamente el mismo:
Las páginas y portales de Internet de titularidad pública o financiados con fondos públicos se adaptarán a los estándares establecidos en cada momento por las autoridades competentes para lograr su accesibilidad a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas mediante la puesta a disposición dentro de las mismas de los correspondientes sistemas de acceso a la información.
Enlaces:
La Ley en el BOE
Etiquetas: Leyes
publicado por Xoan at 8:17 a. m.
3 Comments:
Es que la primera mención se refiere a las lenguas de signo españolas y el segundo al apoyo a la comunicación oral. Vamos, que lo políticamente correcto no deja ver el bosque. Lo primero va dedicado a los mudos y lo segundo a los sordos (al menos eso interpreto yo).
No obstante, quedaté con el 14.5 que te será útil.:)
No obstante, quedaté con el 14.5 que te será útil.:)
Puede ser, en todo caso deberían haber expresado lo mismo con menos palabras.
Pues ni me había fijado en el 14.5 ;-)