Administración y TIC

miércoles, septiembre 05, 2007

Esperando el próximo día festivo II

Hablaba ayer sobre los días libres que tenemos los españoles, en el caso de los funcionarios la situación laboral es más compleja ya que se han establecido medidas (Plan Concilia) para conciliar el trabajo con el desarrollo de una vida personal tratando de dar ejemplo a las empresas privadas.
Dice la memoria del Plan Concilia:

No se trata de trabajar menos, sino de hacerlo mejor. Con ello, facilitamos el desarrollo, por parte de los empleados públicos, de una vida personal o familiar más plena y satisfactoria.
Entre otras medidas se estableció un horario más flexible, una ampliación del permiso de paternidad o la posibilidad de excedencia para cuidado de un familiar.
Además el Estatuto Básico del Empleado Público establece (Art. 48.4j) que el funcionario dispondrá “Por asuntos particulares, seis días” y (Art 48.2):

Además de los días de libre disposición establecidos por cada Administración Pública, los funcionarios tendrán derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
En cuanto a las vacaciones dice el Estatuto (Art. 50) :

Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar como mínimo, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.

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publicado por Xoan at 11:35 p. m.

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